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Se establece nuevo período de veda para captura de cangrejos en Rep. Dominicana

SANTO DOMINGO, República Dominicana.– El presidente Danilo Medina estableció un nuevo período de veda de captura de cangrejos comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año. La disposición está contenida en el decreto 6-18, emitido este viernes por el Poder Ejecutivo.

La medida persigue evitar la extinción de especies de cangrejos Paloma Cueva, Zumba o Pelú, Cangrejo Moro, Cangrejito Rojo y Jaiba Sirica y proteger la riqueza marina nacional del Estado dominicano.

Antiguo período no coincidía con época pico de reproducción y muda

Se recuerda que mediante el decreto 813-08, del 5 de diciembre de 2008, se estableció un periodo de veda que iniciaba el 1 de diciembre y se extendía hasta el 30 de abril de cada año. Sin embargo, resultados de estudios técnicos sobre los aspectos biológicos y pesqueros del cangrejo de manglar arrojaron que ese periodo de veda no coincide con la época pico de reproducción y muda.

Según indicó el departamento de prensa de Presidencia, se llegó a la conclusión de que es necesario ajustar las medidas de protección para garantizar la estabilidad y el mantenimiento de las indicadas especies.

Para tales fines, el artículo 2 del decreto 6-18 prohíbe la comercialización, exportación y tenencia de carne o masa de cangrejos de las citadas especies durante el periodo de veda a partir de hoy.

Se prohíbe, además, la captura de cangrejos juveniles en cualquier época del año y la captura mediante varillas, ganchos o cualquier otro utensilio contundente o arte de pesca que no permita reconocer el sexo del animal.

El Consejo Dominicano de Pesa y Acuicultura (CODOPESCA) quedó encargado de velar por el cumplimiento de la disposición presidencial.