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SOECI demanda rescindir contrato Barrick.

La Sociedad Ecológica del Cibao Inc. SOECI demanda la revocación del
contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la minera Barrick Gold,
por considerarlo lesivo a la soberanía nacional, la constitución y
violatorio de la ley 64-00.

Son inadmisibles las concesiones contractuales realizadas por el Estado
Dominicano para explotar los yacimientos de oro más importantes del país,
existentes en Pueblo Viejo, Cotuí.

La inversión de 374 millones de dólares, para resarcir los daños al medio
ambiente y la promesa de crear 3,500 puestos de trabajo durante, es
insignificante respecto a los daños que causaría en toda el área
concesionada y sus proximidades.

Consideramos lesivo al interés nacional la cláusula contractual en la que
el pago de utilidades al Estado Dominicano se efectuaría cuando la Barrick
Gold haya recuperado la totalidad de la inversión y una rentabilidad
mínima de un 10%; al igual que el compromiso asumido por El Estado de la
reubicación de los residentes de las comunidades El Llagal y Fátima.

Debe ser la Barrick Gold y no el Estado Dominicano la responsable de
remediar el pasivo ambiental, una estela de contaminación y degradación
extrema dejada indolentemente por sus antecesores de la Rosario
Dominicana, provocando lesiones graves a la naturaleza.

Los sulfuros, expuestos al ambiente, producen agua ácida, incrementada por
las altas pluviometría de la zona, afectando dramáticamente la Presa de
Hatillo, los ecosistemas del área y todos los organismos que forman parte
de estos, incluyendo los seres humanos.

Consideramos lacerante los privilegios otorgados a esa empresa minera,
como los poderes plenipotenciarios respecto al derecho de uso de agua y
suelo, la exención de todas formas de impuestos, permisos, licencias e
inhabilitación del Estado para introducir cambios al Programa de Manejo y
Adecuacion Ambiental (PMAA) y la reserva de derecho exclusiva de la minera
a rescindir el contrato por motus propio, sin ninguna implicaciones
legales.

Contrario a lo que establece la Ley 64-00, el contrato establece que la
Barrick Gold y no el Estado es quien determinará el plan ambiental que
ellos ejecutarían, constituyéndose en juez y parte del problema.

Demandamos de la Barrick Gold y el Gobierno atender las preocupaciones
manifestadas por muchos sectores sociales de la nación en la búsqueda de
consenso para salvaguardar el enorme potencial ambiental, hidrológico,
paisajístico, cultural y productivo que posee la zona.

SOECI manifiesta su disposición de contribuir a generar un espacio para
la reflexión, en caso que se estime conveniente.

Reiteramos finalmente nuestra demanda de que se disponga cuanto antes,
una estricta revisión de todas las concesiones mineras, para salvaguardar
todos los espacios ambientalmente estratégicos de nuestro país.

Junta Directiva
2 de marzo del 2010