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Organizaciones piden protección por contaminación de plantas a carbón en Punta Catalina

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El Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC), el Instituto de Abogados para la Protección de Medio Ambiente (INSAPROMA) y las organizaciones sociales y comunitarias de la provincia de Peravia y de otras localidades del país, expresaron en la mañana de hoy su esperanza de que el Tribunal Superior Administrativo proteja a la población de la provincia Peravia, especialmente de Catalina, Paya y de la ciudad de Baní, de la contaminación que producirán las plantas de carbón que se construyen en Punta Catalina.

Explicaron que interpusieron un recurso de amparo ambiental preventivo ante ese tribunal basados en que el artículo 66 de la Constitución de la República establece el derecho de la población a la salud y a un medio ambiente sano que está amenazado por la gran contaminación que producirán estas plantas.

“Los jueces tienen el deber de proteger a los habitantes de las comunidades aledañas a las plantas de carbón de los efectos de 174 mil toneladas de cenizas y de 14 mil toneladas de escorias al año que producirán estas plantas como residuos de la quema del carbón mineral, de 30 toneladas de dióxido de nitrógeno y de 30 toneladas de dióxido de azufre que serán arrojadas cada día a la atmósfera, además de numerosas micropartículas de metales pesados”, plantearon.

Señalaron que estas substancias tóxicas provocarán en la zona una catástrofe sanitaria y ambiental, causando enfermedades respiratorias, especialmente en niños y en adultos mayores, padecimientos cardiovasculares, cerebrovasculares y cánceres pulmonares y de la piel, y graves daños a la agropecuaria de la zona.

Aclararon que este desastre ambiental y sanitario se duplicaría si se llegara a instalar la tercera planta que fuera autorizada mediante acuerdo secreto suscrito por el gobierno con la empresa Pinegy Commercial Group, S.R.L. recientemente revelado ante la opinión pública. Esta planta generará 600 megavatios, sólo 120 megavatios menos que las dos plantas que construyen el consorcio Odebrecht-Tecminont-Estrella, observaron.

Igualmente indicaron que el tribunal está en la obligación de proteger a todo el pueblo dominicano del incremento de la vulnerabilidad del país que causarán los 5 millones de toneladas de dióxido de carbono emitidos al año por las plantas de carbón de Punta Catalina que aumentará la huella de carbono de la República Dominicana en por lo menos un 20%.

“Al aumentar la cantidad de dióxido de carbono arrojada a la atmósfera que es uno de los principales gases de efecto invernadero, se estará contribuyendo mediante una causa totalmente prevenible como es la construcción de las plantas de carbón en Punta Catalina, a incrementar el calentamiento global y sus graves efectos, siendo el país uno de los diez del planeta más vulnerables a éstos”, argumentaron.

Las organizaciones afirmaron que el Tribunal Superior Administrativo está obligado a aplicar en este caso el artículo 8 de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00 que establece que el criterio de prevención deberá prevalecer sobre cualquier otro en la gestión pública y privada del medio ambiente y los recursos naturales.

Citaron que este artículo consigna que “no podrá alegarse la falta de una certeza científica absoluta como razón para no adoptar medidas preventivas y eficaces en todas las actividades que impacten negativamente el medio ambiente, conforme al principio de precaución”.

Manifestaron que basados en este principio es que solicitan al tribunal la suspensión inmediata de la construcción de estas plantas y de la tercera secreta, y que ordene que el carbón sea sustituido por el gas natural como combustible de estas plantas por ser menos contaminante.

“La vida y la salud de la población, así como la protección del entorno medio ambiental que sustenta a éstas, deberá ser la principal preocupación de los jueces que conocerán nuestro recurso de amparo medioambiental preventivo, por encima de cualquier otro factor, incluido el económico,” enfatizaron.

Plantearon que el tribunal no puede admitir como bueno y válido el argumento de que para solucionar la crisis eléctrica sea afectada la salud y el medio ambiente de una parte del pueblo dominicano.

Puntualizaron que la decisión  del TSA no puede ser diferente a las de otros tribunales de otros muchos países que han ordenado en los últimos años el cierre de las plantas de carbón y su penalización con enormes sumas de dinero, precisamente por los daños irreversibles e irreparables que producen a la salud humana, especialmente en la infancia y en adultos mayores.

“La falta de transparencia, el manejo corrupto y las violaciones a las leyes con que se han manejado tanto el proyecto a cargo del consorcio Odebrecht-Tecminont-Estrella como la autorización de instalar una tercera planta en Punta Catalina de manera oculta, refuerzan aún más que el tribunal coloque por delante la defensa de la población que será afectada por la contaminación de estas plantas que nadie puede refutar, ni siquiera los partidarios del uso del carbón mineral”, dijeron.