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El Tribunal Constitucional confirma la no explotación de Loma Miranda

El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia que ordena la paralización de los trabajos en Loma Miranda de la empresa Xtrata  Nickel Falcondo. La decisión confirmada por los jueces de la alta corte fue la de la Tercera Cámara Penal de La Vega, que dispuso la paralización de los trabajos por tratarse de reservas naturales que van en detrimento del medio ambiente que es un derecho fundamental de los más sagrados.

Al hacer la ponderación del caso, los magistrados del constitucional entendieron que “cuando los estudios relativos al impacto ambiental de estos trabajos arrojan resultados de tan alta negatividad, como expresan los informes expuestos por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), capítulo República Dominicana, y por la Academia de Ciencias de la  República Dominicana, es preciso concluir que se ha pretendido la exploración y explotación de yacimientos mineros (recursos naturales no  renovables) sin la existencia de un criterio medio ambiental sostenible”.  La empresa Xtrata Nickel Falcondo interpuso un recurso de revisión contra la decisión de la Vega y le fue rechazado.

Portabilidad numérica

En otra decisión los jueces de la alta corte dispusieron que solo se cobre la cuota de RD$80 para la recuperación de los costos de inversión a los usuarios que opten por la portabilidad numérica. En 2009 el Indotel había ordenado que se cobrase a todos los usuarios sin distinción.  En ese mismo orden, el TC ordenó que se acrediten (abonen) en la facturación que se genere a partir de haberse dictado esta sentencia, los valores pagados desde la fecha de aplicación de la referida cuota a los usuarios que no optaron por el servicio.

Vía: http://www.elcaribe.com.do