Art. 14.- Se crea el Parque Nacional Baiguate, con el propósito de conservar las inmensas alfombras de pinos y los hermosos bosques de galería (mixtos y latifoliados) que se conjugan en el curso medio de este río, donde todavía aparece el Nogal como especie testigo o indicadora del bosque original, actualmente muy amenazada y que debe ser rescatada por gran valor forestal y cultural; de igual manera se le brinda protección al legendario Salto Baiguate, sitio de baño y la celebración de ritos especiales y propios de la cultura taína asentada en esta parte de la isla.
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